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¿ESTAMOS AL FINAL DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO?

“La neutralidad ayuda al opresor, nunca a la víctima. El silencio alienta al torturador pero nunca al torturado”.


“La muerte no es un enemigo. Si vamos a luchar contra alguna enfermedad hagámoslo contra la peor de todas, la indiferencia” (Patch Adams).


Por: Blanca Esperanza Niño Izquierdo.


Los tiempos cambian, pero al parecer para los hombres se mantiene la idea de obtener y consolidarse en el poder al precio que sea necesario. Este principio parece no haber cambiado.


Las antiguas civilizaciones que buscaron dominar pueblos para expandir su poderío económico y militar con el ánimo de seguir conquistando territorios, se obnubilaron con el poder; conquistaron inmensos territorios y sembraron el terror y la muerte para lograr su dominio.


Sin embargo, en tiempos pasados los pueblos establecieron ciertas reglas que se debían observar en el desarrollo de la guerra. Ejemplos como el Código de Hammurabi que proclamaba la necesidad de observar una conducta moral en el encuentro bélico, para lo cual promulgó leyes para evitar que “el fuerte oprimiera al débil” y muchos otros ejemplos que con el devenir de los tiempos se pueden constatar por medio de tratados entre los pueblos para definir los términos y tiempos de la confrontación y posteriores acuerdos de paz.


Las convenciones y tratados internacionales del Derecho Internacional Humanitario de hoy se abrevaron en el derecho internacional humanitario consuetudinario mediante diversas regulaciones que establecían los límites, los medios y métodos que debían observarse en los conflictos armados, con el fin de proteger y causar el menor daño a la población civil, a los bienes que no hacen parte del campo y del Arsenal militar. Posteriores desarrollos los encontramos en diversos convenios a partir de la Revolución Francesa, como la de mayo de 1793 en la que se ordenaba “el tratamiento obligatorio e igual en los hospitales militares de los soldados enemigos y de los soldados nacionales”.


En 1862 Henry Dunant, negociante suizo después de vivir los horrores de la guerra (Francia-Austria) sostenida por Napoleón III dentro del proceso de liberación de Italia, y ante la indolencia de las personas por los heridos de la guerra y la destrucción, decidió publicar un libro llamado “Recuerdos de Solferino” en el que proponía construir en todos los países, en tiempos de paz, un voluntariado especial que se dedicara a atender los estragos que las guerras provoca contra las personas y a la vez comprometer a los Estados a proteger los hospitales militares y al personal sanitario.


En 1864, se conforma el Comité Internacional de la Cruz Roja que culminó con la firma del Convenio de Ginebra de 1864 cuyos puntos principales se pueden resumir como la “humanización de la guerra”. Esto es, proveer a los Estados en guerra de mecanismos mínimos de respeto y protección a los militares involucrados en el conflicto armado y al personal sanitario. Así, de este modo se va configurando el código de la guerra, esto es, la observancia de normas que protegen la vida y la dignidad de los ciudadanos, de los heridos ajenos al conflicto que se encuentran en la mitad de la contienda.


Es de anotar que de acuerdo con la filosofía y doctrina del derecho internacional, el DIH, se debe aplicar en el desarrollo de conflictos armados, tanto a nivel interno como internacional y como dicen los tratadistas “El DIH, es en esencia un derecho de excepción”. Significa lo anterior que en principio el DIH se aplica en todo tiempo tanto en el de paz como en tiempos de conflicto armado.


Todo este antecedente en cualquier situación sería claro y de obligatorio cumplimiento sin tener opción de interpretar o inaplicar estos principios y sojuzgar a una población con discursos anacrónicos y mentirosos como los que está utilizando Benjamín Netanyahu para provocar un etnocidio en la franja de Gaza. Porque no solo se trata como hemos podido constatar que éste, a nuestro juicio “líder de cartón” persigue no solo acabar con la población de Palestina ubicada en la franja de Gaza, sino socavar su espíritu y moral, negar el derecho de disfrutar, desarrollar y transmitir su propia cultura y su propia lengua, eliminando al pueblo Palestino de la geografía mundial, violando flagrantemente las normas, convenios, tratados y convenciones internacionales del DIH.


Reunido durante el último mes de noviembre, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha discutido resoluciones tendientes a garantizar la observancia del Derecho Internacional Humanitario, proponiendo el cese al fuego inmediato por parte de Israel en su ataque aleve y frontal a la Franja de Gaza, realizando pausas humanitarias encaminadas a entregar ayudas alimenticias y medicamentos a la población afectada.


Cuatro de las resoluciones han sido desaprobadas porque los Estados que tienen el derecho al veto lo han ejercido o se han abstenido de votar positivamente, lo cual implica su hundimiento. Las causas de estos pronunciamientos negativos son claras, debido a los intereses económicos que tienen los Estados Unidos y Europa con Israel. Con derecho al veto o sin él, nos preguntamos los ciudadanos de a pie, ¿cómo entonces se pueden aplicar y hacer cumplir las disposiciones del Derecho Internacional Humanitario? Hasta el momento solo se logró aprobar en el seno del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas una tibia y desdibujada Resolución que determina a Israel realizar unas pausas humanitarias, pero no prescribe la duración ni el mantenimiento de estas pausas. Es decir, que no se cumplen ni se cumplirán por parte del agresor Israelí, desconociendo flagrantemente el DIH. Queda claro entonces, que no existe una institución internacional capaz, eficaz y eficiente que conmine a respetar las decisiones que toma, que tenga la fuerza vinculante que obligue a cumplir tales decisiones sin acudir a otros abstrusos mecanismos que impidan su observación inmediata.


Entonces tendremos que seguir viendo en televisión cómo se masacra a un pueblo, se asesinan más de 3,400 niños y a una nación entera muriendo de hambre ante los ojos impávidos del mundo. La UNICEF ha dicho que la Franja de Gaza se ha convertido en un cementerio de niños, llamando la atención a la comunidad internacional para que se ponga fin a esta guerra desigual e infame que acarrea tanto sufrimiento a miles de personas inocentes.


Israel por su parte, desconoce y desobedece cualquier Resolución de Naciones Unidas como lo ha hecho sistemáticamente con respecto a las expedidas por el Organismo Internacional que ha declarado ilegales los asentamientos Israelíes en la Cisjordania Palestina, demostrando con su posición insubordinada el desequilibrio de poderes en donde unos tienen más derechos que otros.

Así las cosas, nada tenemos de cierto en la balanza de la justicia, en el cúmulo de normas recogidas por décadas gracias a la experiencia vivida en las guerras que han azotado a la humanidad y que han concebido dentro de la matriz del conflicto regulaciones humanitarias que protejan a la población civil inerme y sometida a la voluntad política de sus gobiernos que los han conducido a la desaparición o a la muerte. Pero es árido e inútil pensar en que se ponga fin a la barbarie mediante el recurso del Derecho Internacional Humanitario mientras Naciones Unidas no reforme su estructura vetusta y de poderío desigual, enquistado desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, creando verdaderos mecanismos impositivos e imperativos que materialicen la aplicación del Derecho Internacional Humanitario.


Mientras tanto, seguiremos siendo espectadores pasivos del etnocidio palestino o peor, testigos de excepción de las imágenes de madres y padres llevando los cuerpos de sus hijos heridos o en el peor de los casos los cadáveres de sus hijos y familiares; de las gentes no combatientes huyendo despavoridas buscando un lugar donde refugiarse al estallido de las bombas y misiles que inmisericordemente lanzan las tropas israelitas o como en las últimas noticias que nos llegan desde el centro de Gaza cerca del hospital Al-Ahli tomado por el ejército de Netanyahu, el cual debía respetar como lugar protegido por los DIH tal y como lo hemos señalado, sin que nadie ni ningún Estado u Organismo Internacional de la ONU, impida tal desafuero criminal. También en ese orden de sucesos, veremos impotentes otros más que seguramente surgirán en el futuro, provocados por los intereses y ambiciones colonialistas en los que se sustenta el capitalismo de las grandes potencias.


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