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EL CRIMEN DE DESPLAZAMIENTO FORZADO EN COLOMBIA (PARTE I)

Actualizado: 29 ago 2021

Por: Cristian Morelli E.


El delito de desplazamiento interno forzado no es un fenómeno nuevo en Colombia. Ha sido una práctica generalizada en el conflicto armado interno del país desde hace varias décadas. Sin embargo, el desplazamiento forzado no puede reducirse a un efecto inherente o involuntario del conflicto. Los actores armados en Colombia —el ejército y sus grupos paramilitares, por un lado y por otro lado, los grupos guerrilleros, han utilizado la práctica del desplazamiento forzado de civiles como parte de sus estrategias militares para tomar el control o mantener una presencia en ciertos territorios. La práctica implica la expulsión de personas consideradas parte real o potencial de la sociedad, con arraigo civil, con el fin de asegurar el control de estos territorios y poblaciones.


Los actores armados con objetivos militares no son los únicos que emplean tácticas de desplazamiento forzado en el conflicto de Colombia. De hecho, el despojo de tierras ha sido un objetivo estratégico de muchos actores para una variedad de razones, incluidas motivaciones económicas y políticas. Gran parte de la violencia que ha afectado millones de campesinos en todo el país durante las últimas tres décadas se ha comprometido en el interés de apoderarse de tierras con fines económicos, militares y políticos. La acumulación de tierras por parte de los paramilitares así como actores legales y económicos, por actores lícitos, como la agroindustria nacional e internacional y empresas mineras, y actores ilícitos, como los narcotraficantes, subyace al conflicto colombiano.


La acumulación de tierras está íntimamente relacionada con el fenómeno del desplazamiento forzado. En varios casos, actores de la economía “legal” y la economía ilegal han brindado apoyo a los paramilitares en aras de proteger el potencial económico que los cobija. La persistencia del conflicto armado y el continuo funcionamiento de los grupos paramilitares, que el gobierno ahora llama " bandas criminales emergentes " (bandas criminales emergentes , o "Bacrim") - no solo se traducen en más delitos de desplazamiento interno, sino que también constituyen un factor de riesgo grave para las personas desplazadas, en particular para quienes están recuperando sus despojadas tierras. De hecho, según el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada (SNAIPD), se cometieron 1.499 homicidios de personas desplazadas entre 2007 y marzo de 2010.

El código penal colombiano en su artículo 180 señala que:

“El que de manera arbitraria, mediante violencia u otros actos coactivos dirigidos contra un sector de la población, ocasione que uno o varios de sus miembros cambie el lugar de su residencia, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a doscientos dieciséis (216) meses, multa de ochocientos (800) a dos mil doscientos cincuenta (2.250) salarios mínimos legales mensuales vigentes y en interdicción de derechos y funciones públicas de noventa y seis (96) a doscientos dieciséis (216) meses.


No se entenderá por desplazamiento forzado, el movimiento de población que realice la fuerza pública cuando tenga por objeto la seguridad de la población, o en desarrollo de imperiosas razonas militares, de acuerdo con el derecho internacional”. Es de señalar que el artículo que tipifica este delito en nuestro país advierte que cuando sean fuerzas militares quienes incurran en la comisión del movimiento de que trata este aparte jurídico-penal no se entenderá como desplazamiento forzado y, claro es, la fuerza pública obra en pro de los intereses colectivos, son la fuerza coactiva del Estado, hay una garantía irrefutable de amparo jurídico, contrario sensu a los grupos guerrilleros o paramilitares; quienes son movidos por el lucro económico y la sed de sangre.

Este es un delito que conlleva unas prácticas tan grotescas y degradantes para la persona humana que consideré conveniente dedicarle dos publicaciones. A medida que indago más en el derecho penal y la historia socio-política de Colombia entiendo que el egoísmo y la mezquindad es la pandemia del atraso; que ha matado más ilusiones que vidas humanas.

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